¿Qué hacemos?

Misión

Somos un organismo descentralizado de la administración publica estatal encargado de vigilar y supervisar las acciones en materia de donación y trasplantes en los establecimientos de la entidad autorizados para la realización de estos procesos. Ademas de gestionar en las diferentes instituciones y secretarias del ambito estatal y federal los recursos necesarios para difusión, capacitación y el buen funcionamiento de los programas de donacion y trasplante de organos y tejidos, beneficiando a la población que lo requiera con una administración  adecuada y transparente, rindiendo cuentas a la autoridad correspondiente y a la sociedad.

Visión

Llegar al año 2027 consolidando y fortaleciendo el reconocimiento como un organismo referente en el estado y a nivel nacional, coadyuvando con las diferentes instituciones con credibilidad, eficacia, innovación y eficiencia que maximice las oportunidades de acceso equitativo a la donación y trasplante, garantizando su calidad y oportunidad, creciendo en infraestructura y recursos humanos en todo el estado, transmitiendo certeza y confianza a la población con una rendición de cuentas clara y transparente de los procesos

Valores

  • Ética.
  • Transparencia.
  • Compromiso.
  • Respeto.
  • Altruismo.
  • Compañerismo.
  • Equidad.
  • Empatía.
  • Humanismo.
  • Justicia.
  • Tolerancia.
  • Humildad.
  • Responsabilidad.
  • Honestidad.

Principios Éticos

  • Respeto a la autonomía.
  • Permiso o autorización.
  • Respeto a la propiedad.
  • Beneficencia y bienestar.
  • No perjuicio.
  • Prudencia.
  • Justicia.

Breve historia

La práctica de los trasplantes se reguló en México por primera vez en el año de 1973, en el entonces Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos dentro del Título Décimo; como consecuencia, en 1976 la Secretaría de Salubridad y Asistencia, instituyó el Registro Nacional de Trasplantes, organismo responsable de vigilar el apego a la normatividad; la expedición de licencias sanitarias para el funcionamiento de bancos de órganos, tejidos y células; la autorización para el internamiento o salida de órganos, tejidos y células del país; de contabilizar los trasplantes realizados; y llevar el registro de los pacientes en espera de órganos cadavéricos.

Como consecuencia del avance en los procedimientos terapéuticos de trasplantes, la Ley General de Salud regula lo concerniente a la Disposición de Órganos, Tejidos, Células y Cadáveres de Seres Humanos, concentrando sus disposiciones en el Título Decimocuarto (1984).

Después de 15 años por acuerdo presidencial se crea el Consejo Nacional de Trasplantes en el mes de Enero del año 1999, este organismo tiene como propósito promover, apoyar y coordinar las acciones en materia de trasplantes que realizan las instituciones de salud de los sectores público, social y privado, para reducir la morbilidad y mortalidad por padecimientos susceptibles de ser corregidos mediante este procedimiento, y teniendo entre otras la atribución de promover la constitución de los Consejos Estatales de Trasplantes.

Teniendo como antecedente lo anterior, en Noviembre de 1999, se crea el Consejo Estatal de Trasplantes de San Luis Potosí; este Consejo está integrado por representantes de la Secretaría de Salud, IMSS, ISSSTE, SEDENA, PGE, Supremo Tribunal de Justicia, SEP, UASLP y Hospitales públicos y privados.

El Centro Estatal de Trasplantes está dividido en dos áreas, las cuales se encargan de llevar control administrativo y médico.